SERVICIOS PROFESIONALES Y OUTSOURCING

SERVICIOS TRANSITORIOS

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Como complemento a nuestros servicios y en base a las necesidades de nuestros clientes, contamos con la posibilidad de contratación de servicios transitorios, según lo dispone la LEY Nº 20.123 Art. 183-Ñ:

  1. Suspensión del contrato de trabajo o de la obligación de prestar servicios, según corresponda, de uno o más trabajadores por licencias médicas, descansos de maternidad o feriados.
  2. Eventos extraordinarios, tales como la organización de congresos, conferencias, ferias, exposiciones u otros de similar naturaleza.
  3. Proyectos nuevos y específicos de la usuaria, tales como la construcción de nuevas instalaciones, la ampliación de las ya existentes o expansión a nuevos mercados.
  4. Período de inicio de actividades en empresas nuevas.
  5. Aumentos ocasionales, sean o no periódicos, o extraordinarios de actividad en una determinada sección, faena o establecimiento de la usuaria.
  6. Trabajos urgentes, precisos e impostergables que requieran una ejecución inmediata, tales como reparaciones en las instalaciones y servicios de la usuaria.